La Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral ha publicado una convocatoria para el año 2023 de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a PYME para el desarrollo de Proyectos de prevención de riesgos laborales en la Comunidad Autónoma de Andalucía, con sujeción a las bases reguladoras establecidas por la Orden de 12 de mayo de 2021. En consonancia con los objetivos y prioridades establecidos para las PYME en la Estrategia Andaluza de Seguridad y Salud en el Trabajo 2017 – 2023, y con las referidas bases reguladoras, la nueva convocatoria de ayudas contempla dos líneas de ayudas:
La primera de las líneas, con ayudas de 1.500 a 15.000 euros, financiará inversiones para sustitución y adaptación de maquinaria y equipos de trabajo, instalaciones específicas de control de contaminantes y adquisición de sistemas de prevención para el trabajo en altura, entre otras.
La segunda línea, con incentivos de 1.200 a 12.000 euros, apoyará iniciativas de integración de la prevención en las empresas, mejora del cumplimiento de la normativa y realización de proyectos innovadores y buenas prácticas preventivas. Se incluyen en este apartado proyectos como, la implantación por primera vez de una modalidad preventiva que incluya recursos propios especializados de prevención de riesgos laborales, estudios ergonómicos y psicosociales, proyectos de I+D+i dirigidos a la mejora de las condiciones de trabajo, diagnósticos preventivos sobre riesgos emergentes o la implantación por primera vez de sistemas de gestión de seguridad y salud laboral, entre otros.
BENEFICIARIOS DE LAS AYUDAS
La convocatoria para el año 2023, que se tramita en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia competitiva, está destinadas a las PYME que, habiendo tenido en el año anterior una plantilla media de personas trabajadoras por cuenta ajena superior a una, realicen proyectos e inversiones en materia de prevención de riesgos laborales en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Esta nueva convocatoria de ayudas, se dirige a las PYME que cumpliendo los requisitos anteriores, desarrollen alguna de las actividades económicas (según la clasificación del CNAE – 2009) siguientes, por ser las que reflejaron en la Comunidad Autónoma de Andalucía mayores índices de incidencia por accidentes de trabajo y/o enfermedades profesionales durante 2022:
SECCIÓN DE ACTIVIDAD CNAE 2009 DIVISIÓN DE ACTIVIDAD CNAE 2009
A. Agricultura, ganadería, silvicultura y pesca
01. Agricultura, ganadería, caza y servicios relacionados con las mismas
02. Silvicultura y explotación forestal
03. Pesca y acuicultura
C. Industria manufacturera
10. Industria de la alimentación
13. Industria textil
14. Confección de prendas de vestir
15. Industria del cuero y del calzado
16. Industria de la madera y del corcho, excepto muebles; cestería y espartería
17. Industria del papel
18. Artes gráficas y reproducción de soportes grabados
20. Industria química
22. Fabricación de productos de caucho y plásticos
23. Fabricación de otros productos minerales no metálicos
24. Metalurgia; fabricación de productos de hierro, acero y ferroaleaciones
25. Fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipo
26. Fabricación de productos informáticos, electrónicos y ópticos
28. Fabricación de maquinaria y equipo n.c.o.p.
30. Fabricación de otro material de transporte
31. Fabricación de muebles
32. Otras industrias manufactureras
33. Reparación e instalación de maquinaria y equipo
E. Suministro de agua, actividades de saneamiento, gestión de residuos y descontaminación
36. Captación, depuración y distribución de agua
37. Recogida y tratamiento de aguas residuales
38. Recogida, tratamiento y eliminación de residuos; valorización
39. Actividades de descontaminación y otros servicios de gestión de residuos
F. Construcción
41. Construcción de edificios
42. Ingeniería civil
43. Actividades de construcción especializada
G. Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos de motor y motocicletas
45. Venta y reparación de vehículos de motor y motocicletas
46. Comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y Motocicletas
H. Transporte y almacenamiento
49. Transporte terrestre y por tubería
50. Transporte marítimo y por vías navegables interiores
51. Transporte aéreo
52. Almacenamiento y actividades anexas al transporte
53. Actividades postales y de correos
I. Hostelería
55. Servicios de alojamiento
56. Servicios de comidas y bebidas
J. Información y comunicaciones
61. Telecomunicaciones
63. Servicios de información
M. Actividades profesionales, científicas y técnicas 72. Investigación y desarrollo
75. Actividades veterinarias
N. Actividades administrativas y servicios auxiliares 78. Actividades relacionadas con el empleo
80. Actividades de seguridad e investigación
81. Servicios a edificios y actividades de jardinería
82. Actividades administrativas de oficina y otras actividades auxiliares a las empresas
Q. Actividades sanitarias y de servicios
86. Actividades sanitarias
87. Asistencia en establecimientos residenciales
88. Actividades de servicios sociales sin alojamiento
R. Actividades artísticas, recreativas y de entretenimiento 90
Actividades de creación, artísticas y espectáculos
91. Actividades de bibliotecas, archivos, museos y otras actividades culturales
93. Actividades deportivas, recreativas y de entretenimiento
S. Otros servicios
95. Reparación de ordenadores, efectos personales y artículos de uso doméstico
96. Otros servicios personales
El plazo de solicitud de estas ayudas se prolongará desde el 25 de mayo hasta el próximo 26 de junio de 2023, ambos inclusive, y las solicitudes deberán registrarse necesariamente de manera telemática, a través de la Oficina Virtual de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo disponible en pique aquí.
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