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Nuevos Cursos
Área de Prevención para la Construcción
Grupo Forma es una entidad homologada por la Fundación Laboral de la Construcción (FLC) y por la Fundación del Metal para la Formación y la Cualificación (FMF) para impartir la formación en materia de Prevención de Riesgos Laborales necesaria para la adquisición de la TARJETA PROFESIONAL DE LA CONSTRUCCIÓN.

CURSOS:
Nivel Básico de Prevención:
Es el curso mínimo para poder desarrollar funciones de Prevención de Riesgos Laborales en la empresa. 60 horas (20 presénciales + 40 distancia)
Primer ciclo de formación (Aula permanente o nivel inicial):
Es la formación mínima que cualquier trabajador de la construcción y del metal debe poseer para poder trabajar en su sector. Modalidad presencial (8 horas de duración).
Segundo ciclo de formación (En función del puesto de trabajo o por oficios):
Se establecen las siguientes acciones formativas en función de cada uno de los puestos de trabajo.
En función del nivel específico por oficio:
| Trabajadores bajo el convenio de… | Construcción | Metal |
| Albañilería | x | |
| Trabajos de demolición y rehabilitación | x | |
| Encofrados | x | |
| Ferrallado | x | x |
| Revestimientos de yeso | x | |
| Electricidad,Construccion de lineas de telecomunicaciones y tendido electrico | x | |
| Fontanería | x | |
| Cantería | x | |
| Pintura | x | |
| Solados y alicatados | x | |
| Operadores de aparatos elevadores | x | x |
| Operadores de vehículos y maquinaria en movimiento de tierras | x | x |
| Operadores de equipos manuales | x | x |
| Electricidad, construcción de líneas de telecomunicaciones y tendidos eléctrico | x | |
| Fontanería e instalaciones de climatización | x | |
| Instalación de ascensores | x | |
| Instalaciones, reparaciones, montaje, estructuras metálicas, cerrajería y carpintería metálica | x |
La duración de los cursos por oficios es de 20 horas presenciales. Parte común 14 Horas. Especialidad 6 horas (solo parte específica para segundas especialidades)
Nota importante: Para el sector del Metal en las especialidades de Electricidad,construccion de lineas de telecomunicaciones y tendido electrico y para Instalación de Ascensores, no se puede convalidar la parte común de 14 horas, por lo que la duración de estas dos acciones formativas siempre será de 20 horas presenciales.
Tabla de Convalidaciones
Disposición 18064 del BOE núm. 273 de 2009
| Formación preventiva recogida en el Real Decreto 39/1997 y en la Guía Técnica del Real Decreto 1627/1997 | Convalidación respecto a la formación preventiva especificada en el Acuerdo Estatal del Sector del Metal |
| Formación de nivel Superior |
Formación inicial. Personal directivo. Responsables de obra y técnicos de ejecución. Mandos intermedios. Delegados de prevención. Administrativos. Tronco común de oficios (14 horas). Curso de nivel básico. |
| Formación de nivel Intermedio |
Formación inicial. Personal directivo. Responsables de obra y técnicos de ejecución. Mandos intermedios. Delegados de prevención. Administrativos. Tronco común de oficios (14 horas). Curso de nivel básico. |
|
Formación de nivel básico de 50 horas e impartida después del 1 de enero de 1998 hasta el 31 de diciembre de 2009. Formación de nivel básico de 60 horas. |
Formación inicial. Responsables de obra y técnicos de ejecución. Mandos intermedios. Administrativos. Tronco común de oficios (14 horas). |
|
Coordinador en materia de seguridad y de salud. |
Formación inicial. Responsables de obra y técnicos de ejecución. Mandos intermedios. Administrativos. Tronco común de oficios (14 horas). |
Formador Ocupacional

La acreditación como Formador Ocupacional, otorga capacitación, a nivel nacional, para ser profesor de cursos de formación reglada y no reglada, así como para diseñar y planificar todo tipo de acciones formativas.
El Formador Ocupacional podrá impartir cursos de Formación Profesional Ocupacional o cursos FORCEM (planes de formación continua), además de otras acciones formativas desarrolladas en casas de oficios, escuelas taller, academias privadas, etc.
Instalaciones Térmicas en Edificios (RITE 07)

Las instalaciones térmicas de calefacción, climatización y agua caliente sanitaria, han de cumplir los requisitos establecidos en el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE) de 2007. Éste obliga a revisarlas y actualizarlas al menos cada 5 años.
Los “documentos reconocidos”, sin carácter reglamentario, facilitan su cumplimiento y tienen el reconocimiento del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, y del de Vivienda.
Instalador Autorizado en Baja Tensión

El Instalador Autorizado en Baja Tensión es la persona física o jurídica que, con la autorización pertinente, realiza, mantiene o repara las instalaciones eléctricas en el ámbito del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión.
Existen las categorías Básica (IBTB) y Especialista (IBTE) para los instaladores autorizados; las funciones y capacitaciones de éstos serán variarán dependiendo de la categoría a la que pertenezcan.
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