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Nuevos Cursos
Formación Bonificable
Desde Grupo Forma gestionamos e impartimos Formación a los trabajadores de su empresa, realizando y adaptando cursos que respondan a sus necesidades formativas tanto para adquirir nuevos conocimientos como para el reciclaje de sus trabajadores. Manteniendo en todo momento con la empresa una participación e implicación activa en la consecución de los objetivos y la satisfacción de sus necesidades formativas.
Esta formación es Bonificable:
Las empresas que cotizan por la contingencia de Formación Profesional, dispondrán anualmente de un crédito para formación, el cual se calcula en función de los Seguros Sociales pagados por la empresa en el año anterior al que se recibe la formación.
Cada empresa podrá utilizar su crédito de formación para formar al número de trabajadores de su plantilla que considere oportuno, teniendo en cuenta el crédito asignado.
El importe de la formación recibida será Bonificado en las cotizaciones de la Seguridad Social a partir del boletín de cotización del mes en que haya finalizado la acción formativa y, en todo caso, con anterioridad a la fecha en que finaliza el plazo de presentación del boletín correspondiente al mes de diciembre del mismo ejercicio económico.
Formador Ocupacional

La acreditación como Formador Ocupacional, otorga capacitación, a nivel nacional, para ser profesor de cursos de formación reglada y no reglada, así como para diseñar y planificar todo tipo de acciones formativas.
El Formador Ocupacional podrá impartir cursos de Formación Profesional Ocupacional o cursos FORCEM (planes de formación continua), además de otras acciones formativas desarrolladas en casas de oficios, escuelas taller, academias privadas, etc.
Instalaciones Térmicas en Edificios (RITE 07)

Las instalaciones térmicas de calefacción, climatización y agua caliente sanitaria, han de cumplir los requisitos establecidos en el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE) de 2007. Éste obliga a revisarlas y actualizarlas al menos cada 5 años.
Los “documentos reconocidos”, sin carácter reglamentario, facilitan su cumplimiento y tienen el reconocimiento del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, y del de Vivienda.
Instalador Autorizado en Baja Tensión

El Instalador Autorizado en Baja Tensión es la persona física o jurídica que, con la autorización pertinente, realiza, mantiene o repara las instalaciones eléctricas en el ámbito del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión.
Existen las categorías Básica (IBTB) y Especialista (IBTE) para los instaladores autorizados; las funciones y capacitaciones de éstos serán variarán dependiendo de la categoría a la que pertenezcan.
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